Declaración de ética en la publicación

Buenas pr´acticas para editores

El Comité Editorial del Boletín Geológico se compromete con la comunidad científica a garantizar la ética a lo largo del proceso editorial y la calidad de los artículos publicados de acuerdo a los estándares de los sistemas de indexación y resumen para las revistas científicas, garantizando el cumplimiento de las buenas prácticas editoriales utilizando como referente el Código de Conducta y Buenas Prácticas dispuesto por el Committee on Publication Ethics –COPE- (http://publicationethics.org/resources/guidelines)

- Responsabilidad por el contenido de la revista

El editor asume la responsabilidad de todo lo que publica, y tiene procedimientos y políticas establecidos para garantizar la calidad de los manuscritos publicados y mantener la integridad de los registros.

- Independencia editorial e integridad

Una parte importante de la responsabilidad de tomar decisiones justas e imparciales es la defensa del principio de independencia editorial e integridad.

- Separación de la toma de decisiones de consideraciones comerciales

El editor tomará decisiones únicamente sobre el mérito académico y asumirá la plena responsabilidad de sus decisiones.

- Relación del editor con el responsable de la revista

El editor y los responsables de la revista no tendrán ningún papel en las decisiones sobre el contenido por razones comerciales o políticas. El editor no debe ser separado de sus funciones por el contenido de la revista, a menos de que haya una mala conducta editorial o de que el resultado de una investigación independiente haya concluido que la decisión de publicar del editor estuvo en contra de la misión científica-académica de la revista.

-  Métricas de diario y toma de decisiones

El editor no intentará influir de manera inapropiada en el ranking de la revista aumentando artificialmente cualquier métrica. Por ejemplo, no es apropiado exigir que se incluyan referencias a los artículos de esa revista, excepto por razones académicas genuinas. El editor se asegurará de que los artículos se revisen bajo razones puramente académicas y que los autores no se vean presionados a citar publicaciones específicas por razones no académicas.

Buenas pr´acticas para autores y evaluadores

Tanto evaluadores como autores deberán conocer y aceptar las normas internacionales de ética en investigación emitidas por el Committee on Publication Ethics con respecto al plagio y a la revisión por pares, normas a las que se acoge el Boletín Geológico y que están disponibles en toda su extensión en: https://publicationethics.org/core-practices.

Entre ellas: 

- Autoría

La adjudicación de autoría debe sopesar las contribuciones intelectuales a la concepción, diseño, análisis y redacción del estudio, así como la recolección de datos y otros trabajos rutinarios. Si no se puede atribuir razonablemente una tarea específica a un individuo particular, entonces éste no debe ser reconocido como autor.

Con el fin de evitar disputas sobre la atribución del crédito académico, es recomendable decidir desde una etapa temprana de la planeación del proyecto de investigación a quiénes se les atribuirá la autoría, quiénes serán colaboradores y quiénes recibirán reconocimiento.

Todos los autores deben asumir públicamente la responsabilidad del contenido del documento, así como de los procesos investigativos que le subyacen. El carácter multidisciplinario de muchas investigaciones puede hacer que esto sea difícil, pero puede resolverse dando a conocer las contribuciones individuales de cada autor.

Los Autores deben ser personas.  No se admite la Inteligencia Artificial (IA) o sus aplicaciones como autor de un artículo.  En caso de emplearse la IA en el desarrollo de la investigación, debe quedar indicado esto en el artículo y se debe especificar el nombre de la aplicación empleada en cada caso.  Los autores serán siempre los responsables del contenido del artículo.

Los autores deben cuidarse de permitir que se use su nombre en algún trabajo para dar más credibilidad a su contenido.

- Fabricación y falsificación de datos

La fabricación de datos significa que el investigador en realidad no realizó el estudio, sino que falsificó los datos. La falsificación de datos significa que el investigador hizo el experimento, pero luego cambió algunos de los datos.

- Plagio

Tomar las ideas y el trabajo de otros científicos sin darles crédito se considera un comportamiento injusto y deshonesto. Copiar una frase del manuscrito de otra persona, o incluso una propia que se haya publicado previamente, sin una cita adecuada se considera plagio; cada autor deberá usar sus propias palabras.

Al recibir un trabajo en el Boletín Geológico, el primer paso que se realiza es la revisión de similitud de documentos utilizando el programa para detección de plagio https://www.ithenticate.com/. En caso de encontrar documentos con similitud que revelen que el trabajo ya fue publicado, se le informa al autor de contacto y se rechaza su publicación. Cuando no se encuentra similitud de documentos se continúa con el proceso de evaluación del artículo y si es aprobado para publicación, teniendo en cuenta que el proceso de evaluación tarda algunos meses, antes de la diagramación se vuelve a hacer revisión de similitud de documentos mediante los programas de detección de plagio mencionados previamente.

-  Múltiples presentaciones

No es ético enviar el mismo manuscrito a más de una revista al mismo tiempo. Hacer esto va en contra del tiempo de los editores y pares revisores, y puede dañar la reputación de los autores y de la revista donde se duplicó, puesto que la publicación tendrá que retirarse.

-  Publicaciones redundantes (o publicaciones "salami")

Esto significa publicar muchos manuscritos muy similares basados ​​en el mismo experimento. La combinación de sus resultados en un documento muy sólido es de mayor interés para una revista selectiva. Es recomendable que el editor rechace un documento débil cuando hay sospecha de su resultado por ser del corte “salami”.

Conflictos de inte´res

Son aquellas situaciones que una vez revelados harían que un lector razonable sintiera que se le ha engañado o mentido. Pueden ser personales, comerciales, políticos, académicos o financieros. Dentro de los intereses “financieros” pueden encontrarse el empleo, el financiamiento para la investigación, la participación en acciones o propiedad de la empresa, el pago por ponencias o viajes, las consultorías y el apoyo de la empresa para el personal.

Cuando sea pertinente, los investigadores, autores y evaluadores deben informar a los editores sobre estos intereses.

Los editores deben a su vez dar a conocer a sus lectores cualquier conflicto de interés relevante. Ante la duda, mencionarlo.

Los editores deben considerar también dar a conocer a los lectores sus propios conflictos de interés y los de sus equipos, comité editorial y comité científico.

En ocasiones los conflictos de interés pueden llegar a ser tan extremos que no sea posible publicar, o que algunas personas como los evaluadores o editores tengan que ser excluidos de las decisiones al respecto de la publicación.

Tratamiento de las conductas inapropiadas

- Principios

El principio general que confirma una conducta inapropiada es la intención de hacer creer a otros algo que no es cierto.

El examen de una conducta inapropiada debe centrarse no sólo en el hecho u omisión en particular, sino también en la intención del autor, editor o evaluador involucrados.

El engaño puede entonces ser intencional; producto de una indiferencia irresponsable ante posibles consecuencias, o por negligencia. Se sobreentiende entonces que la “mejor práctica” exige una total honestidad y transparencia.

Los códigos de procedimientos pueden generar mayor conciencia, pero nunca serán exhaustivos.

-  Investigación de conductas inapropiadas

Los editores no deben simplemente rechazar documentos que susciten la posibilidad de una conducta inapropiada; se tiene la obligación ética de investigar el caso. Sin embargo, saber cómo investigar y reaccionar ante posibles casos de conducta inapropiada puede ser difícil.

- Conducta inapropiada grave

Los editores deben tomar con seriedad todas las acusaciones y sospechas de conducta inapropiada, pero deben reconocer que generalmente no cuentan con la legitimidad legal ni los medios para llevar a cabo investigaciones en casos graves.

Los editores deben decidir cuándo poner sobre aviso a los empleadores de los autores acusados.

Si los autores reciben evidencias sólidas –posiblemente de parte de los evaluadores- de una conducta inapropiada grave, deben informar de inmediato a los empleadores, notificando a los autores de esta acción.

Si las acusaciones de una conducta inapropiada no son respaldadas por evidencia convincente, los editores deben pedir de manera confidencial a un experto que los asesore o respaldo jurídico.

Si la asesoría de un experto o jurídica manifiestan una seria preocupación sobre el artículo, los editores deberán notificar a los empleadores.

Si no se encuentra evidencia convincente de una conducta inapropiada, el proceso editorial continuará en forma normal.

Los autores tendrán la oportunidad de responder a las acusaciones de conductas inapropiadas graves.

-  Conducta inapropiada menos grave

Los editores pueden considerar innecesario involucrar a los empleadores en casos menos graves de conducta inapropiada, como el de una publicación redundante, un engaño sobre la autoría o cuando se omite declarar un conflicto de interés. En ocasiones la evidencia habla por sí misma, aunque puede ser prudente asignar a un experto independiente.

Los editores deben tener presente que cualquier acusación de conducta inapropiada, aun cuando ésta sea menor, puede tener repercusiones graves para los autores, y entonces puede ser necesario solicitar a los empleadores que investiguen el caso.

Los autores tendrán la oportunidad de responder a cualquier acusación de conducta inapropiada menor.

Si los editores están convencidos de que ha existido una falta de ética, tal vez puedan adoptar alguna sanción.

-  Sanciones

Las sanciones pueden aplicarse en combinación o por separado. Las que a continuación se presentan están ordenadas por su gravedad.

Una carta de aclaración dirigida a los autores, cuando realmente parezca haber malentendido de principios.

Una carta de amonestación y advertencia para conductas futuras.

Una editorial con información detallada sobre la conducta inapropiada.

Rehusarse a recibir futuros documentos del individuo, unidad o institución responsable de la conducta inapropiada durante un determinado periodo de tiempo.

Retractar formalmente o retirar a través del OJS de la revista electrónica el artículo en cuestión, lo cual podrá ser informando a otros editores. El Boletín Geológico se reserva el uso de retractación en los siguientes casos: errores intencionados, publicación previa, plagio o conducta no ética, y casos similares contemplados por la guía de retractación de COPE. La retractación es un mecanismo que busca corregir información ya publicada y alertar a los lectores sobre información no fiable, incorrecta o incompleta, que pueda afectar parcial o completamente la naturaleza de un artículo.

Proceso de revisión por pares

Una vez que se recibe un manuscrito, el editor verifica que el contenido está relacionado con los temas y propósitos de la Revista, y que el artículo ha sido escrito de acuerdo con las instrucciones de publicación enviadas a los autores.

Luego, el editor envía el manuscrito a dos evaluadores para su revisión. Los evaluadores se seleccionan de una base de datos a la que el Boletín Geológico tiene acceso. Los revisores pares serán investigadores activos en las áreas de interés y que tengan una trayectoria reconocida en áreas relacionadas con el tema del artículo. Estas condiciones se verifican a través de su hoja de vida y sus publicaciones.

Se consultará a los futuros revisores sobre su disponibilidad para evaluar el artículo, y en el caso de que acepten la revisión, se les facilitará el acceso al manuscrito y a la guía de evaluación para dejar constancia de sus comentarios y recomendaciones sobre la aceptación o rechazo del texto. Se espera que los revisores que acepten la evaluación de los artículos se comprometan a realizar la evaluación dentro de un mes después de recibir el documento.  La revista utiliza un formato para la revisión de los artículos (descargar archivo AQUÍ.).

Las decisiones de los revisores son realmente recomendaciones para el editor y tienden a ser una de las siguientes opciones:

  • Aceptar sin más revisiones
  • Aceptar, pero con la condición de que el autor realice revisiones menores (el manuscrito no necesita una nueva revisión)
  • Revisiones requeridas que deben ser revisadas por el evaluador
  • Rechazar el manuscrito

Cuando las evaluaciones no están suficientemente respaldadas, o si hay discrepancias entre conceptos o argumentos que no están claros para el comité, se puede solicitar el concepto de revisores adicionales.

El Editor tomará una decisión con respecto a la publicación del artículo de acuerdo con las evaluaciones, teniendo en cuenta las respuestas de los autores para las preguntas formuladas por los revisores y el editor, y respaldadas por los criterios de sus miembros basados en las políticas editoriales. La decisión puede ser una de las siguientes: aceptación o rechazo del artículo.

Los artículos aceptados por el editor serán colocados en una lista de espera para su publicación, teniendo en cuenta el orden de envío y aprobación.

-  Confidencialidad

Los evaluadores expertos deben mantener la confidencialidad en su evaluación del manuscrito y esto también se aplica a colegas de los evaluadores a quienes se les puede pedir su opinión sobre secciones específicas.

No deben copiar ni retener el manuscrito suministrado.

Ni los evaluadores, ni los editores deben hacer uso de los datos, argumentos o interpretaciones, a menos que cuenten con la autorización de los autores.

Los evaluadores deben emitir de manera diligente informes precisos, corteses, sin sesgos y justificables.

Si los evaluadores sospechan de alguna conducta inadecuada deben escribir al editor en forma confidencial.

- Conflicto de interés

Los evaluadores deben notificar al editor en caso de existir algún posible conflicto de interés con la revisión del artículo asignado. El conflicto de interés puede ser:

De naturaleza académica: Relación pasada o presente como asesor de tesis o estudiante de tesis; colaboración en un proyecto o en un libro, artículo, reporte o documento dentro de los últimos 48 meses; coedición de una revista, compendio o memorias de conferencia dentro de los últimos 24 meses.

De naturaleza personal: Relación de familia conocida como esposo(a), hijo, hermano o padre; otra relación, tal como amistad personal cercana o enemistad, que afecte su juicio o que pueda ser visto como tal por una persona razonable, familiarizada con la relación.

De naturaleza económica: Que usted o un familiar cercano dependa de alguno de los autores del artículo para adjudicación de una beca, soporte financiero para una pasantía, aprobación de recursos para un proyecto de investigación y cualquier otra situación que a juicio del evaluador pueda afectar su juicio, lo debe informar al editor.

De naturaleza laboral: Está aspirando a un nuevo empleo y uno de los autores será su potencial próximo jefe, uno de los autores fue su jefe en los últimos 48 meses, alguno de sus familiares cercanos tiene un empleo en el que uno de los autores es un superior.

Relacionada con el contenido del artículo: Conoce previamente los resultados divulgados en el artículo, participa en el proyecto de investigación del que se deriva el artículo, o cualquier otra situación sobre el contenido del artículo que pueda sesgar su juicio.

Debido a que el proceso en el Boletín Geológico se realiza a doble ciego, se disminuye de forma considerable las posibilidades de conflicto de interés.

-  Declaración de privacidad

Los nombres y las direcciones de correo electrónico introducidos en esta revista se usarán exclusivamente para los fines establecidos en ella y no se proporcionarán a terceros o para su uso con otros fines